Ciberrevista SEEUE




IV Época: Noviembre- Diciembre 2015. Nº 46

Comité Editorial

  • DIRECTORA:
    Carme Vila Gimeno
    Hospital del Mar, Barcelona.
  • VOCALES:

    Daniel Aragón Suárez
    Hospital de Puerto Real, Cádiz.

    M. del Rosario Arnao Loyaga
    Hospital Capio sur, Alcorcón.

    M. Ángeles Rivera Vizcaino
    Hospital Virgen del Rocio, Sevilla.

    Carlos Torralba Ruiz
    Hospital Universitario Infantil Niño.

  • MAQUETACIÓN:
    Maribel Delgado Carreras
  • ISSN: 1579-5527
    Depósito Legal: J-316-2004

Editorial

SOBRE EL REAL DECRETO DE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA:


El pasado 23 de Diciembre de 2015, El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto de Prescripción Enfermera. Para la Profesión Enfermera es "un texto que supone una traición sin precedentes en la historia de la democracia: ha modificado a última hora, con nocturnidad y alevosía y sin consultar con la profesión enfermera, y que deja en una situación peor, tanto a profesionales como a pacientes", afirman. El problema radica, para la Mesa de Profesión Enfermera en que, en el caso de los medicamentos sujetos a prescripción médica, el nuevo texto establece que será necesario que el médico “haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir” por parte del enfermero. "Esta situación impide expresamente cualquier actuación o decisión enfermera relacionada con estos medicamentos cuando esta no vaya acompañada de una prescripción médica realizada de forma oficial: con carácter individual, nominativa para cada paciente y donde se especifique claramente cuál es el acto enfermero objeto de atención".

En estos tiempos convulsos, confusos y difíciles para nuestra profesión de Enfermeros; donde nuestros políticos, sindicatos, gestores, y demás órganos de responsabilidad y gestión dentro de nuestra profesión, no han sabido, o bien no han podido inclinar la balanza hacia una salida airosa a esta delicada situación.

A veces trabajamos en el filo de la navaja; en situaciones de Emergencia y Urgencia Vital, donde la situación crítica del paciente justifica una rápida actuación y asistencia, con comunicación y prescripciones verbales, trabajo en equipo y siempre mirando por la integridad y la vida del paciente; esta medida se torna a todas luces insegura e insuficiente.

Esto afecta de lleno a gran parte de la actividad asistencial de los enfermeros, pues el Real Decreto habla expresamente del "uso" de los medicamentos. No en vano, en todos los ámbitos donde los enfermeros desarrollan su trabajo, ya sea en hospitales, atención primaria, instituciones penitenciarias, ambulancias, residencias, servicios de salud laboral… etc., la prescripción enfermera supone una herramienta fundamental para garantizar la continuidad de los cuidados y agilizar la toma de decisión respecto al proceso de salud del paciente, aspectos que inciden directamente en la optimización y coordinación de los recursos del Sistema Nacional de Salud y en la seguridad del paciente.

Desde la Sociedad Española de Enfermería de Urgencias y Emergencias, abogamos por una profunda revisión de este Real Decreto, aportando mas autonomía a la Enfermería, pero sobre todo , mas sentido común sobre la profesión Enfermera; dada su capacidad, conocimientos y competencia en su labor diaria.

DANIEL ARAGON SUAREZ
ENFERMERO DE URGENCIAS DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE PUERTO REAL. DIRECTOR DEL COMITÉ CIENTÍFICO DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ENFERMERIA DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS